La Autoevaluación Institucional

De acuerdo a lo establecido en el artículo 44º de la Ley 24.521 ya citado, las instituciones universitarias deberán asegurar el funcionamiento de instancias internas de evaluación  institucional, las que tienen por objeto el análisis de sus logros y dificultades en el desarrollo de sus funciones y sugerir medidas de mejoramiento.

Para que la autoevaluación institucional cumpla su objetivo de favorecer una mejora de la calidad debe reunir las siguientes características:

a) Promover la participación de los integrantes de la comunidad universitaria.

b) Analizar los logros y dificultades en el cumplimiento de sus funciones e incluir propuestas de mejoramiento.

c) Abordar a la institución universitaria de manera integral, teniendo en cuenta su perspectiva contextual e histórica.

d) Contener información cuantitativa y cualitativa que permita una interpretación y un adecuado análisis de la institución universitaria.

e) Definir acciones de mejora para abordar las dificultades o los problemas detectados.

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